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LEVINAS EN CASACION PENAL: UN ITINERARIO RECURSIVO CON CRITERIOS DIVERGENTES

Foto del escritor: Claudia Villar
Claudia Villar
hace 14 horas
6 min de lectura
Fallo Levinas en Casación Penal: criterios sobre el recurso de inconstitucionalidad ante el TSJ CABA en los casos Campos, Balmaceda y Roth.
Fallo Levinas en Casación Penal: criterios sobre el recurso de inconstitucionalidad ante el TSJ CABA

La aplicación de Levinas en la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional sigue mostrando matices. El reciente fallo Campos vuelve a cuestionar la procedencia del recurso de inconstitucionalidad ante el TSJ CABA, mientras otros antecedentes de la propia Casación muestran respuestas diferentes. Balmaceda, Roth y los casos en los que se admitió la reconducción permiten reconstruir un escenario que no parece lineal y que exige especial atención al momento de recurrir.


El recorrido iniciado por Ferrari c/ Levinas continúa produciendo diversas consecuencias procesales. Desde que la Corte Suprema reconoció al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como superior tribunal de la causa, en los términos del artículo 14 de la ley 48, para las causas provenientes de la justicia nacional ordinaria con asiento en la Ciudad, los distintos fueros debieron adaptarse a un itinerario recursivo que hasta entonces no formaba parte de su práctica habitual. Esa adaptación no fue inmediata ni uniforme ya que hubo resistencias, decisiones contradictorias y modificaciones de criterio que hemos seguido desde el comienzo en TodoLevinas.


La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional merece una atención especial porque su jurisprudencia permite observar, quizá con mayor claridad que en otros fueros, que la recepción de Levinas no siguió una trayectoria completamente lineal.

La novedad más reciente es “Campos, Alexis Emanuel”, resuelto por la Sala de Turno el 23 de septiembre de 2026. La defensa había interpuesto un recurso de inconstitucionalidad en los términos del artículo 27 de la ley 402, invocando expresamente Ferrari/Levinas. Es decir, había intentado transitar precisamente la vía que permitiría obtener la intervención del TSJ como superior tribunal de la causa. Sin embargo, el recurso fue declarado inadmisible.


El interés de Campos radica en los fundamentos de la decisión. El juez Daniel Morin no se limita a considerar que los agravios del recurrente fueran insuficientes, sino que mantiene la posición crítica que ya había desarrollado en Azcurra respecto de Ferrari/Levinas y cuestiona la aplicación de ese itinerario al fuero criminal y correccional. Se trata, por lo tanto, de un precedente relevante, que debe ser conocido por quienes litigan en materia penal. Pero sería apresurado extraer de él la conclusión de que existe una única “posición de Casación” frente a Levinas. Cuando se observa el recorrido completo, la realidad aparece bastante más matizada.


Dejo acá "Campos" y "Azcurra":





De la resistencia inicial a respuestas diferentes


La relación entre Casación Penal y Levinas comenzó con fuertes objeciones a la posibilidad de que sus decisiones fueran revisadas por el TSJ mediante el recurso de inconstitucionalidad. Esa primera etapa fue analizada en TodoLevinas al seguir la evolución de las Cámaras Nacionales frente al nuevo itinerario recursivo. Con el paso de los meses, sin embargo, comenzaron a aparecer decisiones que mostraban movimientos diferentes.


Uno de esos antecedentes fue Roth, Martín y otros, resuelto por la Sala I el 24 de abril de 2026. Posteriormente apareció una decisión todavía más significativa desde el punto de vista procesal: Casación llegó a reconducir una presentación articulada como recurso extraordinario federal y tratarla como recurso de inconstitucionalidad, evitando que la utilización de la vía anterior determinara automáticamente la pérdida de la posibilidad de revisión. Analicé ese giro en TodoLevinas en “Cambio de criterio en Casación: reconoce Levinas y reconduce la presentación como recurso de inconstitucionalidad”.


Este antecedente es particularmente importante porque demuestra que el recorrido de Casación no puede resumirse en una oposición binaria entre “aceptar” o “rechazar” Levinas. Hubo resistencia inicial, cambios de criterio, decisiones de reconducción y, ahora, nuevos pronunciamientos que mantienen objeciones respecto de la aplicación del nuevo itinerario al fuero penal.


En ese contexto también debe leerse “Balmaceda, Alejandro Javier y otro s/ inconstitucionalidad”, del 27 de agosto de 2026. Allí también se había articulado un recurso de inconstitucionalidad, pero la razón de su inadmisibilidad fue diferente de la desarrollada en Campos: el análisis estuvo centrado en las condiciones del recurso y en la suficiencia de los agravios formulados. La diferencia puede parecer técnica, pero procesalmente es fundamental.


No es lo mismo examinar un RI y concluir que no satisface sus requisitos de admisibilidad que sostener que esa vía no resulta aplicable al caso. En el primer supuesto se discute si el recurso fue adecuadamente fundado; en el segundo, la controversia alcanza a la existencia misma del itinerario que permitiría llegar al TSJ.

Campos y Balmaceda, por eso, no deberían colocarse simplemente dentro de una misma categoría de “rechazos”. Leídos junto con Roth y con las decisiones de reconducción, muestran algo más interesante: dentro de Casación Penal todavía conviven aproximaciones diferentes acerca de cómo debe implementarse Levinas.



Campos frente a la jurisprudencia de la Corte


El análisis cambia nuevamente cuando Campos se coloca frente a la jurisprudencia reciente de la Corte Suprema. El contraste más evidente aparece con “Marcelina”, resuelto el 20 de agosto de 2026. Allí, en un expediente proveniente precisamente de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, el recurso extraordinario federal había sido dirigido contra la decisión de Casación y la Corte volvió a aplicar Levinas: esa decisión no provenía del superior tribunal de la causa.


Marcelina tuvo, además, una particularidad que analizamos en profundidad en TodoLevinas. Carlos Rosenkrantz, que había disentido de la solución adoptada originalmente en Levinas, mantuvo sus objeciones jurídicas pero modificó las consecuencias procesales de su posición, considerando el escenario producido después del precedente. Puede consultarse mi análisis en “Fallo Marcelina: la Corte consolida Levinas y Rosenkrantz cambia el escenario procesal”.


La lectura conjunta de Marcelina y Campos deja planteado un problema procesal concreto Si el litigante interpone directamente un REF contra una decisión de Casación, se enfrenta con la jurisprudencia de la Corte según la cual esa decisión no proviene del superior tribunal de la causa. Pero Campos demuestra que, si procura adecuarse a Levinas e interpone el RI destinado a obtener la intervención del TSJ, todavía puede encontrarse con una decisión de Casación que cuestione la procedencia de esa vía en materia penal.

Esta situación merece ser destacada porque ya no estamos frente a una discusión puramente académica acerca del alcance institucional de Levinas. Estamos frente a un problema que puede incidir directamente sobre la estrategia procesal y, en definitiva, sobre la posibilidad de acceder a la revisión de una sentencia.


Una divergencia que debe leerse en su contexto


En mi opinión, Campos no significa afirmar que la doctrina de Levinas haya retrocedido ya que el cuadro jurisprudencial es más amplio. La Corte Suprema ha continuado aplicando el requisito del superior tribunal y el TSJ viene ejerciendo concretamente la competencia derivada del nuevo esquema. En TodoLevinas hemos seguido ese proceso tanto en la jurisprudencia de las Cámaras Nacionales como en los sucesivos pronunciamientos de la Corte y del Tribunal Superior.


También hemos advertido reiteradamente que uno de los mayores riesgos del nuevo sistema aparece cuando el litigante utiliza el recurso equivocado. La cuestión se vuelve especialmente delicada porque el REF y el RI no son remedios intercambiables y porque la utilización de una vía incorrecta puede terminar comprometiendo los plazos para acceder a la revisión. De allí también la importancia de la queja ante el TSJ cuando el recurso de inconstitucionalidad es denegado y de seguir cuidadosamente las decisiones que van definiendo cómo debe transitarse cada etapa.


Lo que Campos agrega a este panorama es la evidencia de que la consolidación general de un criterio jurisprudencial no implica necesariamente que su implementación sea simultánea y uniforme en todos los fueros. Esa constatación no modifica, por sí sola, la doctrina vigente de la Corte, sino que permite comprender con mayor precisión las dificultades que acompañan un cambio procesal de esta magnitud.


La autonomía de la Ciudad y la configuración del TSJ como superior tribunal de la causa constituyen el marco institucional dentro del cual se desarrolla esta transformación. Precisamente por eso resulta importante observar también sus zonas de fricción. Un sistema recursivo no termina de consolidarse únicamente cuando una regla es formulada por el tribunal superior; necesita que esa regla pueda funcionar de manera previsible a través de todos los órganos que el litigante debe atravesar.


Casación Penal constituye hoy uno de los espacios en los que ese proceso todavía muestra diferencias. Por eso, quizá la conclusión más útil no sea preguntarse simplemente si Casación “acepta” o “rechaza” Levinas. La pregunta que hoy interesa al litigante es otra:


¿qué camino debe recorrer el litigante para llegar al superior tribunal de la causa sin perder la vía en el intento?


Ese interrogante seguirá siendo central mientras terminen de definirse las reglas de funcionamiento de un itinerario recursivo que transformó profundamente la relación entre la justicia nacional ordinaria, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad y la Corte Suprema.


TodoLevinas continuará siguiendo cada una de esas decisiones.

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