top of page

NUEVA ACORDADA DEL TSJ QUE ESTABLECE FORMULARIOS PARA INTERPONER RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD Y DE QUEJA

  • Foto del escritor: Claudia Villar
    Claudia Villar
  • hace 2 días
  • 2 Min. de lectura
LEVINAS TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA TODO LEVINAS CLAUDIA VILLAR
NUEVA ACORDADA PARA INTERPONER RECURSOS

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dictó una importante acordada reglamentaria que aprueba dos formularios que deberán ser presentados por los litigantes al interponer el recurso de inconstitucionalidad y de queja por recurso de inconstitucionalidad denegado previstos en la ley 402.



La Acordada AC/2026/011 dispuso, en un primer paso, poner a disposición de los lititgantes y letrados un Modelo y un Formulario (ver ANEXOS I y II de la Acordada) en los que se indican los datos o cuestiones más relevantes para la presentación de recursos ante el Tribunal, en forma clara y precisa. Una vez completados se adjuntarán al escrito correspondiente.


Es importante señalar que se prevé un tiempo para que los litigantes adapten su práctica al formato de los formularios por lo que durante los primeros seis meses de vigencia los anexos serán orientativos. Transcurridos seis meses de la entrada en vigor de la Acordada el cumplimiento de lo dispuesto en los ANEXOS I y II devendrá obligatorio.

Los motivos expuestos en la Acordada del TSJ es dotar de mayor uniformidad y sistematicidad para la revisión de los recursos tanto por el Tribunal Superior como por las Cámaras de Apelaciones.


Recordó asimismo que las Acordadas nº 33/2014 y 11/2023 ya facultaron a los Secretarios Judiciales a llevar adelante el despacho previsto en los arts. 33 y 34 del CCAyT y a dictar las providencias de trámite que fueran necesarias.


Por ello acordaron:

1.- APROBAR el formulario para la Interposición del Recurso de Inconstitucionalidad previsto en el art. 27 de la Ley 402 que, como Anexo I, forma parte de la presente.

2.- APROBAR el formulario para la Interposición del Recurso de Queja por denegación del Recurso de Inconstitucionalidad, previsto en el art. 33 de la Ley 402 que, como Anexo II, forma parte de la presente.

3.- DELEGAR en las Secretarías Judiciales el trámite de los expedientes hasta el llamado de autos al acuerdo, el cual queda reservado al juez de trámite.

4.- DISPONER que esta Acordada comenzará a regir a partir de su publicación. Lo dispuesto en los ANEXOS I y II tendrá carácter orientativo en los primeros seis meses de vigencia de esta Acordada y sólo devendrá obligatorio una vez transcurrido dicho plazo.


Dejo aquí enlaces a los formularios, los cuales también podrán ser consultados en la sección "útiles" de esta página.


FORMULARIO INTERPOSICION RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (ACÁ).


FORMULARIO INTERPOSICION RECURSO DE QUEJA (ACÁ).


Comentarios


Esta página no tiene fines de lucro ni brinda asesoramiento legal de ninguna especie.

© Copyright 2025 Claudia Villar. Todos los derechos reservados.

bottom of page